"Entre todas las víctimas de Autólico se encontraba Sísifo, rey y fundador de Corinto, además avaro, ladrón y mentiroso (que fue condenado en el infierno a empujar una enorme piedra redonda cuesta arriba, por una empinada ladera de una colina y antes de que alcanzase la cima la piedra rodaba hacia abajo, por lo que debía intentarlo eternamente, castigo relatado en La Odisea). Sísifo notó que el número de reses de Autólico aumentaba y el suyo disminuía. Conociendo, ambos cuatreros, las tretas que cada uno empleaba para apropiarse de lo ajeno, Sísifo decidió hacer unas marcas a su ganado en el interior de las pezuñas, gracias a cuya estratagema pudo reconocer sus reses, a pesar de que Autólico había cambiado el color del pelaje(…)"
La leyenda dice que cuando Sísifo acudió a casa de Autólico para reconocer su ganado, donde permaneció varios días, para vengarse de él sedujo a su hija Anticlea. Posteriormente Anticlea se casó con Laertes, rey de Ítaca y según Homero fue el padre de Odiseo, aunque otras versiones de la misma leyenda consideran a Sísifo padre de Odiseo, fruto de aquella relación.
En el mundo romano los animales eran marcados de diferentes formas, según a la función a la que se destinase cada animal, tal como lo reseña Virgilio (Publio Virgilio Marón, 70-
En
No obstante, según Caro Baroja, las marcas actuales como cruces sencillas, puntos, rayas, círculos etc. empleados por los ganaderos pirenaicos actuales de los valles del Roncal, Ansó, Gistain, Bohí, Pallars y Setcases, proceden de una tradición muy remota de marcar el ganado. (5)
El auge y la importancia de la ganadería en España fue siempre un pilar de su economía, en especial el bovino y el ovino, consiguiendo un rango importante cuando el rey Alfonso X el Sabio creó, en 1273, el “Honrado Consejo de la Mesta de Pastores”, conocido vulgarmente como “La Mesta”, concediéndole una serie de privilegios de paso, en los periodos de trashumancia, entre Castilla y León y en detrimento de la agricultura, con la creación de las famosas “cañadas reales” entre esas dos regiones.
Con la llegada al trono de los Reyes Católicos, las cortes de Toledo de 1480, hacen extensivos tales privilegios entre Castilla y Aragón, privilegios que fueron expandiéndose a otros territorios a medida que avanzaba la reconquista, dado el alto valor de la lana y los ingresos que reportaba a las arcas reales. Todo ello, como es de suponer, llevaba aparejado que el ganado debía estar perfectamente identificado con su marca correspondiente.
Suposición que se ve confirmada por la pragmática dictada por los reyes Católicos, en 1499, sobre la obligatoriedad de “marcar, herrar y señalar el ganado” a todo tipo de ganado que usase las cañadas reales. Tras más de 560 años de existencia, el “Honrado Consejo de la Mesta de Pastores”, fue abolido en 1836.
Con el descubrimiento de América, el emperador Carlos I trasladó a
También tenemos noticias de que los primeros bovinos trasladados a
Tras el comienzo de la conquista de
Para poder ejercer el control de las actividades ganaderas se creó, por el Cabildo de Buenos Aires, en 1609, una oficina exclusiva para el registro de marcas, cuyo primer ganadero registrado, parece ser, fue don Manuel Rodríguez, cuyo hierro consistía en dos bastones, o báculos, cruzados.
Las marcas se registraban en el libro correspondiente en la Tesorería y se publicaba periódicamente una circular con las nuevas marcas. En la terminología usada se hacía diferencia entre “señal” (que era el signo aplicado a la oreja del animal vacuno u ovino) y “marca” (la figura o signo aplicado en cualquier parte del cuerpo).
Solo con estos dos ejemplos, en dos puntos opuestos de la América española, ponen de manifiesto el ordenamiento jurídico-ganadero que acompañó a la conquista.
De todos es conocido que la cría del toro bravo siempre se ha realizado de modo extensivo, generalmente en dehesas con abundante arbolado de encinas y en total libertad, con las únicas limitaciones que imponían las lindes perimetrales de las fincas, sin que apenas existieran tantos cerrados como en la actualidad, que en ciertas ganaderías parece que los toros están estabulados, más que en libertad.
En una obra titulada “Sevilla en la Historia del Toreo”, escrito por Don Luis Toro Buiza, éste nos relata las andanzas de un noble bohemio, el Barón de Rosmithal, cuñado del rey de Bohemia, hoy república Checa, cuando, allá por el año 1466-67, realizó un viaje por España y Portugal, y la extrañeza que le produjo al noble viajero: “… que los ganados no estuvieran recogidos en las casas de labranza y que pastasen sueltos en las dehesas señalados por un simple hierro”.
Sánchez de Neira nos habla, en su tratado “El Toreo”, de un tal D. Juan Álvarez de Colmenar, que en su obra titulada “Las Delicias de España y Portugal”, que dice fue editada en francés en Amsterdan en 1741 (una edición, también en francés, de 1715 se conserva en
Aunque hasta mediados del siglo XVIII no aparecen las primeras ganaderías españolas perfectamente identificadas, entre cuyos ganaderos famosos figuraron D. José Gijón, los hermanos Gallardo, D. Rafael Cabrera, el conde de Vistahermosa etc. no
Aún así algunos siglos antes ya existían vacadas en España y así lo señala Guerrita, en su Tauromaquia. Al ocuparse de la ganadería que considera más antigua, afirma que ya “en el siglo XVI y XVII, los toros de esta vacada (se refiere a
A partir de mediados de ese siglo XIX, las legislaciones sobre el control del toro bravo se han ido sucediendo con relativa periodicidad, “como instrumento básico para su mejor defensa, conservación y selección”, argumentos reseñados por el B.O.E. de 7 de febrero de 1980, para aprobar la reglamentación específica del “Libro Genealógico de
Con la entrada de España en
“Registro Fundacional” (RF)
“Registro de Nacimientos” (RN)
“Registro Definitivo”(RD)
Además de especificar los contenidos de cada uno de los registro señalados, esta norma legal se ocupa, también, sobre la “identificación y denominación de ejemplares”, del “Desarrollo del Libro Genealógico”, de los requisitos para realizar los “Herraderos”, “Certificados”, “Importaciones y exportaciones” e “Información estadística”.
En los estados democráticos garantistas y defensores de los derechos y especificidades de cada sociedad, nos parece muy bien venida toda legislación que potencie la defensa, la conservación, selección y pureza de la raza del “Toro Bravo”, al tiempo que defendemos se cumplan todos los requisitos, en ellas esgrimidos, por los ganaderos responsables de su selección. Pero estamos en contra del cumplimiento a “rajatabla” de algún aspecto de la misma, como es la del espectáculo esperpéntico de ver salir por la puerta de toriles un toro con los “crotales” puestos, que le dan un aspecto más de “damisela” que de fornido y bravo animal.
BIBLIOGRAFIA
1.- Federico Lara Peinado, “Los primeros Códigos de la humanidad”
2.- Federico Lara Peinado, “El Código de Hanmurabi”
3.- Profesor Guillermo Fatás, “Leyes Hititas”, Universidad de Zaragoza
4.– Cristina Delgado Linacero, “El Toro en el Mediterráneo”
5.– Julio Caro Baroja, “El estío festivo”
6.- Heródoto, Historias II, (pag. 41, capítulo 38-39)
7.– Públio VIRGILIO Marón, Obras completas,.Biblio. Regional Murcia, (AP 82-1 VIR obr).
8.– J. Sánchez de Neira, “El Toreo”, pag. 265
9.– Jack Randolph Conrad, “El Cuerno y la Espada”, pag. 111.
10.- Estrabón, Geografía, 17, 1, 31
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