En Francia, el reglamento taurino municipal determina los mismos mínimos, bien teniendo en cuenta que se contabilizan en nuestro país tan solo cosos de primera y segunda categoría, las cuales equivalen a los españoles de segunda y tercera.

Veamos detenidamente cuales son las consecuencias de los mencionados pesos mínimos establecidos:

La mayoría de las ganaderías producen hoy unos toros de un peso natural que promedia dentro de  una horquilla de 450-500 kilos. Sin perder de vista que los pormenores del transporte añadidos al estrés provocado por ello se traducen en la pérdida de algunos kilos de peso en los toros conducidos a la plaza (alcanzándose en alguna ocasión los 50 kilos), un toro que no estuviera artificialmente engordado (conviene hablar de un complemento diario de 8 kilos de heno en adición de 2 ó 3 kilos de grano que se administra el último año con la finalidad de lustrar el pelo) pesaría 460 kilos una vez desembarcado en las dependencias de la plaza, lo cual le expondría a un 50% de probabilidad de verse rechazado. La incidencia económica de tal rechazo motiva los ganaderos a complementar la alimentación de los toros, lo cual desemboca en animales que rondan los 520-550 kilos, una media alcanzada de manera artificial para superar sin agobio el trance del reconocimiento; lástima que la verdadera incidencia sea padecida posteriormente en el ruedo donde esta sobrecarga ponderal debilita rápidamente al toro y le asfixia de igual nefasta manera. Recurriendo a una metáfora deportiva, podríamos afirmar que preparamos atletas de halterofilias a una carrera de medio fondo.

Debo de agregar dos rectificaciones y un complemento a este juicioso mandato: partiendo de una base de pesos medios en vivo obtenidos de forma natural (450 a 500 kilos) y suponiéndose una pérdida de 50 kilos entre la dehesa y los corrales de la plaza, el peso resultante de los toros oscilaría entre los 400 y 450 kilos.

            En la práctica, el consumo durante los últimos meses se establece en torno a los 2 ó 3 kilos de heno, a menudo substituido por paja, y a los 8 a 15 kilos de grano o alimentos compuestos, con la correspondiente acidosis de rumen (panza) y todas las graves consecuencias que derivan de este síndrome.

            En varias plazas de relieve de España los veterinarios exigen unos astados de peso ampliamente superior al mínimo exigido por el reglamento de 460, 435 y 410 kilos según la categoría de la plaza.

 

Queda patente pues que el reglamento y el exceso manifiesto en cuanto a la interpretación de sus disposiciones sí pueden ser tenidos por responsables de la flojedad notoria del ganado durante la lidia.

  

 

 

Las subvenciones ante que la selección

 

 

            La U. E. concede unas primas a las cuales la prensa taurina y las rubricas especializadas de la prensa de información general no hacen nunca referencia, como tampoco destacan sus efectos contraproducentes sobre la crianza del ganado de lidia. 

            Estas primas están concedidas por cada hembra en proceso de lactación y para cada macho de entre ocho y veinticuatro meses, con el requisito previo de haber sido inscrito en un registro genealógico.

            Conviene recordar que la implantación del libro o registro genealógico de la raza del ganado de lidia procede de una norma de la Comunidad Económica Europea, la cual exigía que todas y cada una de las razas autóctonas de los países miembros dispusieran de los correspondientes libros genealógicos, libros que habían de estar en vigor a partir del 1 de enero de 1992. El primer reglamento taurino español que contemplara la imprescindible inscripción en el mencionado libro genealógico de las reses destinadas a ser lidiadas en cualquier tipo de espectáculo taurino es el del 28 de febrero de 1992. Lo cual viene a demostrar sin equivocación alguna que resulta erróneo afirmar que fue este reglamento que impuso esta inscripción.

            ¿Cómo van los ganaderos a desechar tal o tal becerra aún después de tentarla si todavía puede dar beneficios? Y de nota o de desecho, tendrá becerros que a su vez garantizarán subvenciones futuras durante el período anteriormente indicado. Sin dejar de añadir que metido en esta dinámica, estos becerros se convertirán en toros, algunos de calidad, otros no tanto, si al rigor de la selección nos referimos. Además, los ganaderos que gozan de cierta predilección podrán vender la casi totalidad de sus camadas, en cuanto a los demás