Como creo que se trata de un fenómeno relativamente reciente, del que discrepo, me dispongo a plasmar mi punto de vista al respecto:

 

De entrada, reconozco que la cuestión a debatir no afecta a aspecto vitales de la Fiesta, caso del toro bravo, el torero y la afición; la importancia que le concedamos estará en función directa de la que otorguemos a la liturgia del toreo, entendida como conjunto de ritos, usos y formas a observar en el desarrollo secuenciado de los distintos actos del espectáculo, y es que la vuelta de un toro al arrastre como premio de su comportamiento sobresaliente,            no por el de sus compañeros, e indirecto

reconocimiento al esfuerzo y acierto del ganadero para que le sirva de estímulo y a otros ganaderos de motivo de emulación- es una práctica antigua que se viene observando como una tradición, en su acepción común, esto es, como pauta de conducta generalmente aceptada, transmitida de generación en generación, y sedimentada, por tanto, por el consenso y el paso del tiempo.

 

Por supuesto que, aunque estos usos y tradiciones-hoy recogidas en su mayor parte en textos legislativos- adquieren singular relieve en el ámbito taurino por haber arraigado en el pueblo, auténtico depositario de las mismas, bien a la hora de integrar la norma no explícita, bien para interpretar e inspirar sus preceptos, con ello no queremos decir que sean intocables, pues la misma experiencia nos muestra que la Fiesta, tal y como aparece hoy, es fruto de un largo proceso evolutivo en el curso del cual algunas costumbres cayeron en desuso al igual que nuevas disposiciones legales derogaron a las anteriores, pero el quid de la cuestión está en que estos cambios no se han producido por puro esnobismo, sino para atender nuevos gustos, demandas o necesidades sociales.

 

Para centrar la cuestión, voy a recurrir a la legislación general sobre el aspecto objeto de estudio:

Artículo 69 del vigente reglamento general:»Cuando por la extraordinaria bravura y excelente juego de la res lidiada, fuere mayoritaria la petición del público para que se diera la vuelta al ruedo, la Presidencia lo ordenará a los mulilleros mostrando el pañuelo azul. La vuelta al ruedo del ganadero o mayoral puede hacerla por sí mismo cuando el público lo reclame con sus insistentes aplausos «.

De forma análoga figura en el derogado reglamento de 1962, en el art.82.3.

 

Aparece bastante claro que el honor de la vuelta al ruedo de un toro queda sub sumido en la norma como un supuesto tasado, bien que susceptible de cierto margen de apreciación; que debe otorgarse de forma individual izada a la res que haya tenido un comportamiento sobresaliente, que por su excepcional bravura durante la lidia lo merezca y que, sin duda, la mayoría de los espectadores lo solicitará con sus aplausos.

 


¡,También la costumbre va a suplir aquí el laconismo reglamentario, como prueba la actitud del público, que suele pitar al toro malo y silenciar al regular, de igual modo que ante el supuesto que nos ocupa- corrida interesante en líneas generales pero sin ningún toro sobresaliente-es normal que al final exteriorice su satisfacción con aplausos al ganadero o mayoral, que, si son insistentes, deberán interpretar como invitación a dar la vuelta al ruedo, de forma similar a como se viene haciendo, si cabe con mayor motivo, cuando ha precedido vuelta al ruedo de algún toro.

 

Sin perder los referentes históricos y reglamentarios, me dispongo a reflejar, a manera de consideraciones personales, las razones en que apoyo mi argumentación y las previsibles consecuencias que se derivarían de tener éxito la cuestión planteada:

No veo por ninguna parte demandas sociales sólidas para introducir la novedad de referencia, sino circunstanciales posicionamiento s de algún comunicador formulados, creo, a título de sugerencia, con ocasión de comentar algún festejo, a los que no atribuyo mayor alcance que el de puntuales ocurrencias, pues desconozco la existencia de tesis, mociones o propuestas formales al efecto.

Aunque siempre hay que ser precavido ante la capacidad de lo novedoso para impactar en esta sociedad mediática, confío en el fino olfato de la afición y en última instancia en el ponderado criterio presidencial, principal responsable de la solución adoptada, de velar por la correcta aplicación reglamentaria y de la observancia de las tradiciones taurinas, para que por su filtro no se cuelen propuestas improcedentes.

No aporta beneficio alguno a la tauromaquia, porque ni responde a tradiciones comúnmente sentidas, ni viene a cubrir laguna alguna, por cuanto la vuelta al ruedo de una res ya viene recogida en la reglamentación general y en la autonómica, así como otros reconocimientos con que hacer justicia al ganadero para el supuesto analizado.

Se puede confundir a los espectadores sobre la bondad del toro homenajeado, faltar a la equidad respecto a oros ganaderos y distorsionar la valoración de la faena del espada a quien le haya correspondido en suerte, por eso de exigírsele estar a la altura de una res sobrevalorada..

Se corre el riesgo de sentar precedente con la fijación de una pauta equivocada con tendencia a repetirse.

            Sólo excepcionalmente concibo admisible esta medida, si el último toro de la

corrida estuviera por encima de los otros y a punto de alcanzar la nota exigible.

Pudiera dejar en evidencia la actuación presidencial- tan vulnerable por expuesta al público examen- siempre que los jurados instituidos al final de los ciclos festivos o feriales para premiar la bravura de las reses, fallen a favor de otros toros que no alcanzaron el mencionado honor al tiempo que silencian al toro homenajeado, al margen de que también los jurados ofrezcan con frecuencia flancos para la crítica.

Se me objetará, con razón, que algunos de estos inconvenientes pueden derivarse también de otorgar la vuelta al ruedo a un toro de una corrida que no se hubiera distinguido por el buen juego de conjunto, si resultara ostensiblemente generosa; pero, si esto es así, aparte de confirmar que ambas medidas son desacertadas, en la que nos ocupa vendría a añadirse la vulneración de la norma reglamentaria en un aspecto que recoge una costumbre inveterada.

 

Cuanto antecede me afianza en la creencia de que la Presidencia, sin perjuicio de valorar los posicionamientos en liza sobre cualquier aspecto considerado, una vez formada su propia opinión, deberá resolver consecuentemente en conciencia, conforme a reglamento, sin prestar oídos a cantos de sirena carentes de reflexión.

 

 

 

 

 

Julio Martín Fraile

Ex Presidente Plaza de Toros de Valladolid