En su Artículo 1° se especifica que “el objeto de la presente Resolución es regular la actividad de los espectáculos taurinos como prestador de servicios turísticos y definir los requisitos y trámites para la obtención de la calificación de Espectáculo Taurino, ante el Instituto Nacional de Turismo ( INATUR ).

Entre otras cosas la Resolución del Ministerio exige a las empresas ser consideradas como Prestador de Servicios Turísticos y sólo reconoce cinco ferias, las de Maracay, Mérida, San Cristóbal, Maracaibo y Valencia. Igualmente solicita la conformación legal de la empresa taurina, programación del espectáculo, contratos de toreros nacionales y extranjeros, siendo en éste caso necesarios los documentos de migración como copia de pasaporte, procedencia del ganado a lidiar, precios de las entradas y demás requisitos legales para poder organizar corridas y novilladas.

Sin embargo no se toma en cuenta las ferias pequeñas ni los festejos en pueblos, que son casi el setenta por ciento de los espectáculos que se celebran cada temporada en Venezuela.

                                                                                                               

 

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Desde Venezuela, informa Víctor Ramírez “Vitico”